Sentencia nº 1159/2005 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 10 de Octubre de 2005
Enlazado como:
Enlazado como:
Resumen
DELITO DE MALOS TRATOS.El bien jurídico protegido es la preservación del ámbito familiar como una comunidad de amor, y libertad presidido por el respeto mutuo y la igualdad, dicho más sintéticamente, el bien jurídico protegido es la paz familiar, sancionando aquellos actos que exteriorizan una actitud tendente a convertir aquel ámbito en un microcosmos regido por el miedo y la dominación, porque, en efecto, nada define mejor el maltrato familiar como la situación de dominio y de poder de una persona sobre su pareja y los menores convivientes. Se condena al acusado. Se desestima casación.
Ver el contenido completo de este documento
Historial del Caso
→ Desestima el recurso contra Sentencia nº 558/2004 de AP Málaga, Sección 2ª, 30 de Septiembre de 2004
☞ Sentencia Favorable a: Condena
Extracto
Sentencia nº 1159/2005 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 10 de Octubre de 2005
JOSE ANTONIO MARTIN PALLINMIGUEL COLMENERO MENENDEZ DE LUARCAJUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a diez de Octubre de dos mil cinco. En el recurso de casación por quebrantamiento de forma, e infracción de Ley que ante Nos penden, interpuesto por Romeo, contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Segunda, que condenó al acusado, por un delito de maltrato habitual y un delito de incendio en bienes propios; los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la deliberación y Fallo, bajo la Presidencia del Primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D. Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre, siendo también parte el Ministerio Fiscal y estando dicho recurrente representado por el Procurador Sr. Simarro Valverde.I. ANTECEDENTES Primero.- El Juzgado de Instrucción número 10 de Málaga, instruyó Sumario con el número 2 de 2001, contra Romeo, y una vez concluso lo remitió a la Audiencia Provincial de Málaga, cuya Sección Segunda, con fecha 30 de septiembre de 2004, dictó sentencia, que contiene los siguientes: HECHOS PROBADOS: Del análisis en conciencia de la prueba practicada pueden declararse como tales y así se declaran los que siguen: Romeo , mayor de edad y sin antecedentes penales, casado desde 1986 con Milagros, con la que tiene dos hijos menores de edad, ha estado sometiéndola desde hace unos seis años a continuas agresiones verbales, influido por su adición al consumo de bebidas alcohólicas, puesto que tras ingerir dicho tipo de bebidas la insultaba y trataba de forma vejatoria, llegando a romper en su presencia enseres del hogar y muebles de su vivienda sita en la CALLE000 nº NUM000 de Yunquera, de forma que en enero de 2.000 ella lo denunció y también el día 25 de abril de 2.001 formuló denuncia contra el, por que tras haber estado consumiendo bebidas alcohólicas, se dirigió al bar "Quini", donde ella trabajaba como cocinera y en actitud agresiva y acalorada, en presencia de la dueña del local y de otras personas le manifestó que ella no tenía que estar trabajando allí y que lo que tenía que hacer era estar en su casa y prepararle la comida dirigiéndose después a su casa, donde dejó las puertas abiertas y desenchufó los electrodomésticos. A continuación de dichos hechos, Milagros solicitó ante el Juzgado Decano de Málaga la adopción de medidas provisionales previa a la demanda de separación, que se tuvieron por solicitadas por el Juzgado de familia nº 5 mediante auto de 7 de mayo de 2.001. Sobre las 12 horas del día 18 de mayo de 2.001 Romeo se dirigió a su domicilio familiar, situado en una urbanización, con viviendas colindantes habitadas y a unos 60 metros de la fábrica textil Mayoral, procedente de las tierras que cultivaba a unos dos kilómetros del pueblo y una vez en su interior, donde no había nadie, por encontrarse los niños en el colegio y su esposa trabajando en el bar, prendió fuego a la cama de matrimonio, que se extendió por el resto de la vivienda generando una altísima temperatura y una espesa humareda, y acto seguido abandonó la vivienda tras cerrar la puerta con llave, siendo visto por unos vecinos cuando se dirigía sobre las 12,30 a la finca donde se dedicaba a las tareas agrícola. La actuación de la Guardia Civil, la Policía Local y los Bomberos logró la extinción del incendio sin que resultara dañada ninguna persona. Los daños que sufrió la casa a consecuencia del incendio han sido valorados en 13.626,99 euros.Con fecha 19 de mayo de 2.001, el Juzgado de Instrucción nº 10 dictó auto por el que se acordó la libertad bajo fianza del acusado que había sido puesto a su disposición como detenido ese mismo día, con la medida cautelar de prohibición de acud...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
Documentos citados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex España
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Compañía
Otros documentos:
Sentencia nº 7273/2006 de TSJ Cataluña Barcelona Sala de lo Social October 30 2006 | Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, May 04, 1994 | sentencia nº 769/2006 de tsj comunidad valenciana (valencia), sala de lo contencioso... | Sentencia nº 467/2008 de TSJ Asturias Oviedo Sala de lo Contencioso April 30 2008 | Ace Nadal to Return to Queen s Tennis | Cinema Also | days out in the uk | Football Bradford 0 Dag and Red 2 Coca Cola League 2