Sentencia nº 670/2002 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 3 de Abril de 2002

Enlazado como:
Abogados Penal

Resumen


DELITO DE LESIONES.DOCUMENTAL. Excepcionalmente se ha considerado prueba documental a los dictámenes periciales cuando son únicos y se han incorporado a la sentencia fragmentariamente o la Audiencia ha llegado a conclusiones divergentes con las de los citados informes o, incluso, diametralmente opuestas o contrarias a lo expuesto por el perito. En primera instancia se condena al acusado. Se declara ha lugar al recurso de casación.

Frases clave


excepción, ya que esta Sala si ha considerado prueba documental a los dictámenes periciales cuando son únicos y se han incorporado a la sentencia fragmentariamente o la Audiencia ha llegado a conclusiones divergentes con las de los citados informes o, incluso, diametralmente opuestas o contrarias a lo expuesto por el perito

Ver el contenido completo de este documento

Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Acusado

Extracto


Sentencia nº 670/2002 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 3 de Abril de 2002

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a tres de Abril de dos mil dos.

En los recursos de casación por infracción de Ley que ante Nos pende, interpuestos por Lorenzo y Rodolfo , contra sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Pontevedra que los condenó, respectivamente, por delitos de resistencia y lesiones los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la votación y fallo bajo la Presidencia y Ponencia del Excmo. Sr. D. Carlos Granados Pérez, siendo también parte el Ministerio Fiscal, y estando dicho recurrentes representados por le Procurador Sr. Nates Carranza.

I. ANTECEDENTES

1.- El Juzgado de Instrucción número 5 de Pontevedra instruyó Procedimiento Abreviado con el número 1407/98, y una vez concluso fue elevado a la Sección Primera de la ...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía