Sentencia nº 860/2005 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 22 de Junio de 2005

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Resumen


DELITO DE HOMICIDIO. EXCLUSIÓN DE LA ALEVOSÍA. La exclusión de la alevosía lleva consigo simplemente, en este caso, el decirnos que no se probó que hubiera habido ataque por sorpresa que habría eliminado las posibilidades de defensa de la víctima, esto es, la eliminación de un elemento constitutivo del asesinato, cuya inexistencia puede perfectamente aislarse para razonar sobre la figura mas leve del homicidio. En primera instancia se condena al acusado. Se desestima la casación.

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Historial del Caso


→ Desestima el recurso contra Sentencia de TSJ Islas Baleares (Palma), Sala de lo Civil y Penal, 17 de Septiembre de 2004

☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal

Extracto


Sentencia nº 860/2005 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 22 de Junio de 2005

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintidós de Junio de dos mil cinco.

En el recurso de casación por infracción de ley y de precepto constitucional, que ante este tribunal pende, interpuesto por el acusado D. José, representado por la procuradora Sra. Rosique Salas, contra la sentencia dictada el 17 de septiembre de 2004 por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares en el rollo de apelación 5/04, que desestimaba el recurso interpuesto por dicho acusado contra la sentencia de fecha 6 de mayo de 2004, dictada por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, recaída en el Rollo del Tribunal del Jurado 14/03, procedente de la Causa 1/03 del Juzgado de Instrucción nº 4 de Manacor, por un delito de homicidio, los componentes de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que al margen se expresan, se han constituido para su vista y fallo. Han sido partes el Ministerio Fiscal y como recurrida Dª Susana representada por el procurador Sr. Tejedor Vilar y ponente D. Joaquín Delgado García.

I. ANTECEDENTES

1.- Por el Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca en el rollo nº 14/03, dimanante del Procedimiento Especial del Tribunal del Jurado nº 1/2003 seguido en el Juzgado de Instrucción núm. 4 de los de Manacor, por delito de asesinato, se dictó sentencia de fecha 6 de mayo de 2004, que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS: "Sobre las 9 horas de la mañana del día 22 de julio de 2002, D. Jose Pedro, a la sazón de 67 años de edad, fallecido habiendo sufrido múltiples traumatismos, con fracturas óseas, en la cabeza y en tórax cuando esa mañana se encontraba realizando faenas agrícolas en la finca de su propiedad denominada D'es Ravellar, sita en el camino de Ses Planes del término municipal de Sant Llorenc des Cardessar, localidad de la que el fallecido era vecino. El acusado José, mayor de edad (nacido el día 14 de octubre de 1944) y sin antecedentes penales, era propietario de una parcela colindante a la dicha del falle...

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