Sentencia nº 860/2005 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 22 de Junio de 2005
Enlazado como:
Enlazado como:
Resumen
DELITO DE HOMICIDIO. EXCLUSIÓN DE LA ALEVOSÍA. La exclusión de la alevosía lleva consigo simplemente, en este caso, el decirnos que no se probó que hubiera habido ataque por sorpresa que habría eliminado las posibilidades de defensa de la víctima, esto es, la eliminación de un elemento constitutivo del asesinato, cuya inexistencia puede perfectamente aislarse para razonar sobre la figura mas leve del homicidio. En primera instancia se condena al acusado. Se desestima la casación.
Ver el contenido completo de este documento
Historial del Caso
→ Desestima el recurso contra Sentencia de TSJ Islas Baleares (Palma), Sala de lo Civil y Penal, 17 de Septiembre de 2004
☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal
Extracto
Sentencia nº 860/2005 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 22 de Junio de 2005
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintidós de Junio de dos mil cinco. En el recurso de casación por infracción de ley y de precepto constitucional, que ante este tribunal pende, interpuesto por el acusado D. José, representado por la procuradora Sra. Rosique Salas, contra la sentencia dictada el 17 de septiembre de 2004 por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares en el rollo de apelación 5/04, que desestimaba el recurso interpuesto por dicho acusado contra la sentencia de fecha 6 de mayo de 2004, dictada por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, recaída en el Rollo del Tribunal del Jurado 14/03, procedente de la Causa 1/03 del Juzgado de Instrucción nº 4 de Manacor, por un delito de homicidio, los componentes de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que al margen se expresan, se han constituido para su vista y fallo. Han sido partes el Ministerio Fiscal y como recurrida Dª Susana representada por el procurador Sr. Tejedor Vilar y ponente D. Joaquín Delgado García.I. ANTECEDENTES 1.- Por el Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca en el rollo nº 14/03, dimanante del Procedimiento Especial del Tribunal del Jurado nº 1/2003 seguido en el Juzgado de Instrucción núm. 4 de los de Manacor, por delito de asesinato, se dictó sentencia de fecha 6 de mayo de 2004, que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS: "Sobre las 9 horas de la mañana del día 22 de julio de 2002, D. Jose Pedro, a la sazón de 67 años de edad, fallecido habiendo sufrido múltiples traumatismos, con fracturas óseas, en la cabeza y en tórax cuando esa mañana se encontraba realizando faenas agrícolas en la finca de su propiedad denominada D'es Ravellar, sita en el camino de Ses Planes del término municipal de Sant Llorenc des Cardessar, localidad de la que el fallecido era vecino. El acusado José, mayor de edad (nacido el día 14 de octubre de 1944) y sin antecedentes penales, era propietario de una parcela colindante a la dicha del falle...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
Documentos citados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex España
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Compañía
Otros documentos:
Sentencia de AP Cádiz, Sección 5ª, July 21, 2003 | Tres encapuchados prenden fuego en Barcelona a un indigente que dormía bajo unos cartones | Benegas propone un nuevo diálogo en Euskadi si acaba la violencia | Danza Invisible | Acórdão nº 0028826-90.2008.4.01.0000 de Tribunal Regional Federal da 1a Região Quarta Seção July 07 2010 | Acórdão nº 70045405453 de Tribunal de Justiça do RS, Sexta Câmara Cível, November 24, 2011 | Processo nº 0062451 de Tribunal de Justiça do Rio de Janeiro Decima Quinta Camara Civel September 27 2011 | decisão monocrática nº 5004723-42.2011.404.0000 de tribunal regional federal da 4a região 2ª turma november 25 2011