Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 23 de Diciembre de 1992

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Resumen


DELITO DE ESTAFA. La cifra que constituya el límite determinanate de la cualificación de la gravedad de la estafa, con el alcance meramente orientativo que le caracteriza, debe ser objeto de revisión acorde con las oscilaciones de los indicadores económicos y de los índices de precios, normalmente a la alza. Y esa actualización debe ser tenida en cuenta por los Tribunales de justicia, a cuya decisión ha entregado el legislador la concreción de la circunstancia 7ª del artículo 729 del Código Penal. Se condena al acusado. Se estima la apelaci?

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal

Extracto


Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 23 de Diciembre de 1992

En la Villa de Madrid, a veintitrés de Diciembre de mil novecientos noventa y dos.

En el recurso de casación por infracción de Ley que ante Nos pende, interpuesto por el Ministerio Fiscal y Diego, contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla, que condenó a éste último por delito de estafa, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la votación y fallo bajo la presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D. Carlos Granados Pérez, y estando dicho recurrente representado por el Procurador Sr. Rosch Nadal.I. ANTECEDENTES

1.- El Juzgado de Instrucción númer...

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