Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 3 de Diciembre de 1992
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Resumen
DELITO DE ASESINATO. Los encefalogramas practicados demuestran la existencia de una disfunción de estructuras centroencefálicas, padeciendo, además, una oligofrenia liminar con C.I. de 80%, ya examinado (la Sala lo cifra en 82%), es decir, la Sala dispone de un dato muy importante para descubrir la efectiva naturaleza epiléptica a través del trazado del electroencefalograma, según el dictamen pericial, así como está también probada la existencia de un déficit del C.I. con lo que, como ya queda anticipado, procede aplicar, al contemplar en su conjunto el estado del recurrente, la eximente incompleta invocada, procediendo casar, en este sentido, la sentencia de instancia. Se condena al acusado. Se estima la apelaci?
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Acusado
Extracto
Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 3 de Diciembre de 1992
En la Villa de Madrid, a tres de Diciembre de mil novecientos noventa y dos.
En el recurso de casación por infracción de Ley que ante Nos pende, interpuesto por el procesado Tomáscontra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Granada que le condenó por delito de asesinato y tenencia ilícita de armas, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la vista y fallo bajo la Presidencia y Ponencia del Excmo. Sr. D. Enrique Ruiz Vadillo, siendo también parte el Ministerio Fiscal y estando dicho recurrente representado por la Procuradora Sra. Alicia Martín Yañez.I. ANTECEDENTES 1.- El Juzgado de Instrucción número 3 Granada instruyó sumario con el número 2 de 1988 contra Tomásy, una vez concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de esa misma capital que, con fecha 14 de septiembre de 1990, dictó sentencia que contiene el siguiente antecedente de hecho: " PRIMERO.-PROBADO Y ASI SE DECLARA E...Ver el contenido completo de este documento
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