Auto nº 156/2004 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 5 de Febrero de 2004
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Resumen
DELITO DE ASESINATO. AGRAVANTE. Se alega el quebrantamiento de forma. La contradicción a que se refiere el cauce procesal del art. 851.1 LECrim. es gramatical, interna e insubsanable. Y nada de esto ocurre en el caso, ya que el recurrente enfrenta una declaración del factum con el resultado de la prueba, valorada desde su particular e interesado punto de vista, con olvido de que la valoración de las pruebas corresponde, de forma exclusiva y excluyente, al juzgador. En primera instancia se lo condena. Se desestima el recurso de casación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Condena
Extracto
Auto nº 156/2004 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 5 de Febrero de 2004
AUTO
En la Villa de Madrid, a cinco de Febrero de dos mil cuatro.I. HECHOSPRIMERO.- Dictada Sentencia por la Audiencia Provincial de Málaga, Sección 3ª, en Autos nº 3/02, se interpuso Recurso de Casación por Carlos Manuelmediante la presentación del correspondiente escrito por la Procuradora de los Tribunales Sra. Dª. María Teresa Margallo Rivera.SEGUNDO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.TERCERO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por la Sala de Gobierno de este Tribunal Supremo, es Ponente de la presente resolución el Magistrado Excmo. Sr. ...Ver el contenido completo de este documento
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