Sentencia nº 1383/2005 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 21 de Octubre de 2005

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Resumen


"DELITO DE APROPIACIÓN INDEBIDA. En la narración fáctica de la sentencia se encuentran todos los componentes de la apropiación indebida en la modalidad de administración desleal: entregas de dinero para gestionar su inversión pactada en activos financieros; el destino del dinero a finalidad distinta a la consentida, en perjuicio patrimonial de los inversores; negocios inmobiliarios de riesgo superior a los activos financieros, incluidos préstamos a sociedades vinculadas a los acusados; y la conciencia y la intención de los gestores recayendo sobro todo ello, más el ánimo de lucro. Se condena a los acusados. Se estima parcialmente casación respecto a la pena."

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Historial del Caso


→ Estima el recurso contra Sentencia nº 102/2003 de AP Álava, 20 de Junio de 2003

☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal

Extracto


Sentencia nº 1383/2005 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 21 de Octubre de 2005

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintiuno de Octubre de dos mil cinco.

En los sendos Recursos de Casación que, ante Nos penden, interpuestos por Infracción de Ley y de Preceptos Constitucionales por las representaciones procesales de los acusados Plácido y Benjamín, contra la Sentencia nº 102/2003 de fecha 20/06/2003, dictada por la Audiencia Provincial de Alava, Sección 1ª, en la causa Rollo de Sala 8/1998, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 247/19993 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Vitoria-Gastéiz seguida contra aquéllos por delitos de estafa o apropiación indebida y alzamiento de bienes, esta Sala Segunda del Tribunal Supremo, compuesta como se hace constar, bajo la Presidencia y Ponencia del primero de los indicados, Excmo. Sr. D. Siro-Francisco García Pérez, se ha constituido para la deliberación votación y Fallo; han sido también partes el Ministerio Fiscal y las partes recurridas Concepción y Sandra representadas por el Procurador Sr. D. Juan- Carlos Estévez Fernández, Gabriela, María Inmaculada y Carlos Manuel, representados por la Procuradora Sra. Dña María Jesús Mateo Herranz, Bernardo, representado por la Procuradora Sra. Dña Eva de Guinea Ruenes, Penélope, Elisa y D. Matías, representados por el Procurador Sr. D. José-Manuel Dorremochea Aramburu; y han estado dichos recurrentes representados por los Procuradores Sres. D. José-Luis Martín Jaureguebeitia para el primero, y D. Esteban Jabardo Margareto, para el segundo.

I. ANTECEDENTES

1. El Juzgado de Instrucción nº 3 de Vitoria-Gastéiz siguió el Procedimiento Abreviado nº 247/1993, seguido contra Plácido y Benjamín, por delito de estafa , y lo elevó a la Audiencia Provincial de Alava, Sección Primera, que, con fecha 20/06/2003, dictó la Sentencia nº 102/2003 que contiene los siguientes hechos probados:

"Único.- Son Hechos Probados y así se declara expresamente: Los acusados D. Plácido, mayor de edad, sin antecedentes penales, y D. Benjamín, mayor de edad y sin antecedentes penales, fueron nombrados administradores solidarios de la entidad mercantil ERNE, GESTORA DE INVERSION Y SERVICIOS, S.A., por acuerdo de la junta general extraordinaria universal de accionistas celebrada el d...

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