Sentencia de TS, Sala Quinta, de lo Militar, 30 de Enero de 2004

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Resumen


DELITO DE ABANDONO DE DESTINO. EXIMENTE. Se sostiene que no se ha aplicado la eximente incompleta que la parte refiere a la "anomalía o alteración psíquica" del art. 20.1 del mismo Cuerpo legal. Se han ponderado debidamente, en la medida en que jurídicamente puede entenderse admisible, las circunstancias médicas y psicológicas que el promovente refleja en los argumentos para la impugnación del fallo, aunque el reconocimiento específico como circunstancias modificativas de la responsabilidad no proceda. En primera instancia se lo condena. Se desestima el recurso de casación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Condena

Extracto


Sentencia de TS, Sala Quinta, de lo Militar, 30 de Enero de 2004

D. JOSE MARIA RUIZ-JARABO FERRAND. FERNANDO PEREZ ESTEBAND. ANGEL CALDERON CEREZOD. JOSE LUIS CALVO CABELLOD. AGUSTIN CORRALES ELIZONDO

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a treinta de Enero de dos mil cuatro.

Visto el recurso de casación que ante esta Sala pende con el nº 101/80/03, interpuesto por la representación procesal del Soldado Profesional de Infantería de Marina D. Jose Carlos , contra la Sentencia dictada por el Tribunal Militar Territorial Segundo en las Diligencias Preparatorias nº 22/40/02, en fecha 12 de Marzo de 2003, en la que ha sido condenado el citado Soldado de Infantería de Marina a la pena de CUATRO MESES de prisión, con las accesorias correspondientes, como autor de un delito consumado de abandono de destino de los previstos en el art. 119 del Código Penal Militar. Ha sido parte, además del recurrente, el Excmo. Sr. Fiscal Togado y han dictado ...

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