Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 3 de Febrero de 2004

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Resumen


AUTO QUE DECLARA NO TENER POR PREPARADO RECURSO DE CASACIÓN. CUANTÍA. QUEJA. No se supera el límite legal, sin que, quepa acudir el ordinal reservado a los asuntos tramitados por razón de la materia, con el objeto de eludir la insuficiencia económica del litigio o su indeterminación. Se desestima la queja.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 3 de Febrero de 2004

AUTO

En la Villa de Madrid, a tres de Febrero de dos mil cuatro.I. ANTECEDENTES DE HECHO

1.- En el rollo de apelación 423/2003 la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca (Sección 3ª) dictó Auto, de fecha 16 de octubre de 2003, declarando no haber lugar a tener por preparado recurso de ca...

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