Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 28 de Noviembre de 2005

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Resumen


"CUOTAS DE URBANIZACIÓN. RECURSO DE CASACIÓN. Se impugna en este recurso de casación la sentencia que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede de Las Palmas, dicto y en su recurso contencioso-administrativopor medio de la cual se estimó el formulado por la mercantil Erguia Iturriaga, S.A. contra resolución del Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de La Oliva confirmatoria de la notificación remitida por la Urbanizadora Corralejo Playa S.A. por las que se requería al pago de las cuotas de urbanización como propietarios de las fincas 168, 197, 216, 218, 264 y 302, del Polígono P-7, Apartamentos Lobos Bahía Club, en el ámbito del Plan Parcial Corralejo Playa. Frente a ésto se interpone recurso de casación. La cuestión litigiosa versa sobre la liquidación y requerimiento de pago, dirigido a diferentes propietarios, de las cuotas correspondientes a sus respectivas participaciones en los costes del ""Proyecto de Urbanización de la Revisión del Plan Parcial Corralejo-Playa. Cabe tener presente que, anulado el acto del que derivan los concretos requerimientos del pago de cuotas, estos carecen de apoyatura jurídica y se convierten, por eso sólo, en disconformes a Derecho, ello con independencia de que sean o no acertados los argumentos que en aquella sentencia fundaron la decisión anulatoria, (y que son los mismos que ahora utiliza la Sala de instancia), puesto que, siendo aquella decisión firme, no pueden ser ya discutidos. Se desestima el recurso de casación."

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 28 de Noviembre de 2005

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintiocho de Noviembre de dos mil cinco.

Visto el recurso de casación interpuesto por el Procurador D. Adolfo Morales Hernández Sanjuan, en nombre y representación del Ayuntamiento de La Oliva siendo parte recurrida la mercantil Erguia Iturriaga, S.A., representada por el Procurador D. José Manuel de Dorremochea Aramburu, ambos bajo la dirección de letrado; y estando promovido contra la sentencia dictada el 26 de julio de 2002, por la Sala de lo Contencioso Administr...

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