Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 12 de Abril de 2005
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Resumen
CUESTIÓN NEGATIVA DE COMPETENCIA.La presente cuestión negativa de competencia se plantea entre las Salas de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional y del Tribunal Superior de Justicia para conocer del recurso contencioso-administrativo relativo a la denegación de la desafectación de bienes y del derecho de reversión. En el supuesto de que se esté ante pretensiones en principio acumulables pero cuyo conocimiento corresponda a órganos jurisdiccionales distintos, este Tribunal, para evitar que se dicten resoluciones contradictorias, tiene declarado que corresponde conocer de las pretensiones en cuestión al órgano judicial competente para enjuiciar el acto o disposición emanado del órgano administrativo de superior jerarquía.La materia referida a la desafectación a la que se ha hecho referencia es competencia de Ministro, la cuestión de competencia que se enjuicia debe ser resuelta a favor de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional dado lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley de la Jurisdicción.
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 12 de Abril de 2005
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a doce de Abril de dos mil cinco. Visto por la Sección Primera de la Sala Tercera de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, compuesta por los Magistrados expresados al margen, la cuestión negativa de competencia suscitada entre las Salas de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional (Sección octava; recurso 1151/00) y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección 4ª; recurso 1.448/01) para conocer del recurso contencioso-administrativo planteado por la representación procesal de D. Vicente y demás litigantes relacionados en el escrito de interposición del referido recurso, frente, según se indica en el suplico del referido escrito, "a la inactividad de la administración que está obligada a permitir el efectivo ejercicio del derecho de reversión mediante el p...Ver el contenido completo de este documento
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