Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 5 de Junio de 2001
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Resumen
"CONVENIO COLECTIVO. ""Salvo pacto en contrario, los convenios Colectivos se prorrogarán de año en año si no mediara denuncia expresa de las partes"", ya que la discutida cláusula dada su redacción, en ningún momento induce a suponer que la voluntad de las partes, fuere introducir con la misma pacto en contrario a la prórroga, o entender que es la denuncia del Convenio lo que origina la renovación de la vigencia por un año más. Se estima la casación. "
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrente
Extracto
Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 5 de Junio de 2001
D. LUIS GIL SUAREZD. ANTONIO MARTIN VALVERDED. MARIANO SAMPEDRO CORRALD. JOSE MARIA BOTANA LOPEZD. JOSE MARIA MARIN CORREA
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a cinco de Junio de dos mil uno.Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Letrado D. Carlos Novillo Pérez, en nombre y representación de la ASOCIACION PROVINCIAL DE EMPRESARIOS DE LABORATORIOS DE PROTESIS DENTAL DE VALENCIA, contra la sentencia de 24 de febrero de 2.000 dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el recurso de suplicación núm. 170/00, interpuesto por la Asociación demandante contra la sentencia de 26 de julio de 1.999, por el Juzgado de lo Social número ...Ver el contenido completo de este documento
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