Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 4 de Octubre de 1993

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Resumen


CONVENIO COLECTIVO. FALTA DE ACREDITACIÓN DE LA INFRACCIÓN COMETIDA POR LA SENTENCIA. Al ser el convenio colectivo el instrumento regulador de las condiciones de trabajo y al no haberse pactado la fórmula de revisión de las indemnizaciones que se pretenden, no se ha acreditado que la sentencia cometiera las infracciones legales que se denuncian, pues la misma no hace más que aplicar aquel. Se desestima la demanda. Se desestima el recurso de casaci?

Frases clave


al ser el convenio colectivo el instrumento regulador de las condiciones de trabajo y al no haberse pactado la fórmula de revisión de las indemnizaciones que se pretenden, no se acredita en el recurso que la sentencia cometiera las infracciones legales que se denuncian. Por ello el recurso debe ser desestimado, sin hacer pronunciamiento sobre costas.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 4 de Octubre de 1993

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a cuatro de Octubre de mil novecientos noventa y tres.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de CASACIÓN interpuesto por la FEDERACIÓN ESTATAL DE TRABAJADORES DE HOSTELERÍA DE LA UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES (FETH- UGT), representada y defendida por el Letrado don Bernardo García Rodríguez, contra la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de 25 de noviembre de 1991, recaída en el proceso de CONFLICTO COLECTIVO, formulado por dicha recurrente contra PARADORES DE TURISMO DE ESPAÑA, S.A., aquí parte recurrida, representada ...

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