Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 22 de Junio de 2000
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Resumen
CONTRIBUCIÓN TERRITORIAL URBANA. PROVIDENCIAS DE APREMIO. Aunque la cuantía del recurso contencioso-administrativo venga determinada por la suma del valor de las pretensiones acumuladas., no comunica a las de cuantía inferior la posibilidad de recurrir. En primera instancia se desestima contencioso administrativo. Se desestima casación.
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 22 de Junio de 2000
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintidós de Junio de dos mil. VISTO ante esta Sección de la Sala Tercera el recurso de casación Núm. 728/94, interpuesto por Dª Inmaculada , representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Mercedes Blanco Fernández, con la asistencia de Letrado, contra la sentencia dictada en 22 de Diciembre de 1993 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias,...Ver el contenido completo de este documento
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