Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 12 de Marzo de 1997
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Resumen
CONTRATOS. RESOLUCION. Se discute si en caso de incumplimiento contractual puede el comprador utilizar la opción de anticipación del pago del precio. Existía un estado de indefinición de lo que se debía por el comprador en el momento en que decide hacer uso de la facultad que se le concedió de pagar anticipadamente todo o parte del precio aplazado, estado por otra parte que no se origina arbitrariamente sino por discrepancias racionales sobre lo pactado. Se desestima la demanda. No se hace lugar al recurso de apelación. Se hace en parte lugar al recurso de casación.
Frases clave
“ Es racional suponer que los vendedores no quería en la operación obrar fuera del mercado, y el comprador, al aceptar el contrato, consistió y aceptó tal presupuesto. Es ilógico afirmar lo contrario, calificativo que merece la interpretación literal que no se ajusta por lo expuesto a esa voluntad común mínima de las partes ”
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 12 de Marzo de 1997
En la Villa de Madrid, a doce de Marzo de mil novecientos noventa y siete.
Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Tarragona, de fecha 4 de marzo de 1993, como consecuencia de los autos de juicio declarativo de menor cuantía seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de esa ciudad, sobre resolución de contrato; cuyo recurso ha sido interpuesto por D. Gustavoy D. Santiago, representados por el Procurador de los Tribunales D. Francisco de Guinea y Gauna; siendo parte recurrida D. Ángel Jesús, representado por el también Procurador D. Pedro Rodríguez Rodríguez.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Tarragona, fueron vistos los autos de juicio declarativo de menor cuantía, sobre resolución de contrato, instados por D. Gustavoy D. Santiago, contra D. Ángel Jesús. Por la parte actora se formuló demanda con arreglo a las prescripciones legales, alegando los hechos y fundamentos de derecho que tuvo por conveniente, suplicando se dictase sentencia "acordando la resolución de contrato del local mencionado con obligación y entrega de la finca a los actores, con impos...Ver el contenido completo de este documento
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