Sentencia nº 462/1996 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 10 de Junio de 1996

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Resumen


CONTRATO. RESOLUCIÓN. INTERPELACIÓN. Se impugna sentencia. Para solicitar la resolución de contrato el contratante interesado tiene que interpelar a la otra parte. La demanda fue desestimada. La apelación fue desestimada. La casación fue desestimada

Frases clave


según la cual el artículo 1504 del Código Civil exige que el vendedor haya efectuado previamente requerimiento judicial o notarial en el que manifieste la voluntad de dar por resuelto el contrato; igualmente la jurisprudencia ha dicho repetidamente que no tiene el carácter de requerimiento previo el efectuado mediante la presentación de la demanda. En el caso de autos la propia demanda en su hecho séptimo dice que el requerimiento resolutorio "Tiene lugar mediante esta demanda, resolviendo de modo definitivo el contrato de compraventa".

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandado

Extracto


Sentencia nº 462/1996 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 10 de Junio de 1996

En la Villa de Madrid, a diez de Junio de mil novecientos noventa y seis.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección 11ª de la Audiencia Provincial de Madrid, como consecuencia de autos de juicio declarativo de Menor Cuantía, seguidos ante el Juzgado d...

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