Sentencia nº 683/1998 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 11 de Julio de 1998

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Resumen


"CONTRATO DE OBRA. Después de señlar la inaplicabilidad a este supuesto del artículo 1319 del Código Civil, como aducen los recurrentes, ya que dicho precepto se refiere únicamente a las deudas contraidas en el ejercicio de la llamada ""potestad doméstica"" y este no es el caso aquí enjuiciado, el presente motivo ha de ser desestimado, ya que habiendo los dos esposos demandados, aquí recurrentes, contratado conjuntamente y de consuno la realización de una sola y única prestación, ha de entenderse que ambos quedaron solidariamente obligados al pago del precio de dicha obra única, al no haberse determinado por ellos la proporción en que cada uno respondería del pago de dicho precio, ello con independencia de que, además, se trata de una deuda con cargo a la sociedad de gananciales, conforme a lo preceptuado en el artículo 1367 del Código Civil. Se estima parcialmente la casación. "

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandado, Demandante

Extracto


Sentencia nº 683/1998 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 11 de Julio de 1998

En la Villa de Madrid, a once de Julio de mil novecientos noventa y ocho.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el presente recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cáceres, como consecuencia de autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número Tres de Plasencia, sobre reclamación de cantidad; cuyo recurso ha sido interpuesto por DON JorgeY DOÑA Lorenza, representados por la Procuradora de los Tribunales Dª. Concepción Rey Estévez y defendidos por el Letrado D. Marcelino Plata García; siendo parte recurrida DON Jesús Carlos, representado por el Procurador de los Tribunales D. Antonio ...

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