Sentencia nº 236/ de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 10 de Marzo de 1992

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Resumen


"CONTRATO DE COMPRAVENTA. RESOLUCIÓN DE CONTRATO. LESIÓN. JUSTIPRECIO. Se presenta demanda peticionando la resolución del contrato de compraventa en virtud de la lesión en más de la mitad del justo precio sufrida por el actor. Tribunal desconoce cuales son los extremos de la resolución en los que aquélla basa la impugnación, por lo que procede confirmar la sentencia apelada, por sus propios fundamentos, al parecer totalmente ajustada a las pretensiones de las partes, resultando probatorio y normativa aplicable al supuesto enjuiciado"", no permite la interpretación que hace el recurrente: abstención de entrar en el estudio del fondo de la cuestión por no comparecer el Letrado, sino la muy contraria: de que la confirmación de la sentencia por sus propios fundamentos fue porque la misma se ajustaba a las pretensiones de las partes, al resultado probatorio y a la normativa aplicable al supuesto enjuiciado, toda vez que la expresión "" al parecer"" no procede entenderse en sentido dubitativo, sino afirmativo, o sea, que la sentencia de alzada sí entró en el conocimiento del fondo, aunque sin adicionar argumentos a los constitutivos de la propia fundamentación de la de instancia, por consiguiente, la resolución podrá ser tachada de parca e insatisfactoria en su raciocinio, pero no infractora de la norma fundamental prevenida en el artículo 359 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Cuanto antecede, lleva a concluir que en relación con éste segundo motivo no existió, asimismo, quebrantamiento de formas esenciales del juicio, ni vulneración del mencionado artículo 24 de la Constitución, por lo que ha de correr igual suerte que el precedente, su rechazo por inviable. Instancia estima la demanda. La alzada desestima el reucurso de apelación. Se desestima el recurso de casación."

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Extracto


Sentencia nº 236/ de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 10 de Marzo de 1992

En la Villa de Madrid, a diez de Marzo de mil novecientos noventa y dos.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Decimocuarta de la Iltma. Audiencia Provincial de Barcelona, como consecuencia de juicio ordinario declarativo de menor cuantía seguido ante el Juzgado de Primera Instancia número UNO de Olot, sobre resolución de compraventa, cuyo recurso fue interpuesto por DON Rogelioy DON Evaristo, representados por el Procurador de los Tribunales Don Eduardo Morales Price y asistidos del Letrado Don Joaquín Falgueras Batlle, en el que es recurrido DON Alexander, no comparecido ante este Tribunal Supremo.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.-Ante el Juzgado de Primera Instancia número Uno de Olot, fueron vistos los autos de juicio declarativo de menor cuantía, a

instancias de Don Alexander, contra Don Rogelioy Don Evaristo.

Por la parte actora se formuló demanda en base a cuantos hechos y

fundamentos de derecho estimó de aplicación, para terminar suplicando al

Juzgado que se...

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