Sentencia nº 1226/1998 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 29 de Diciembre de 1998

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Resumen


RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRAVENTA. INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS. No cabe obligar al vendedor si a que constituya hipoteca sobre el inmueble, ni a aceptar que el pago de las deudas no se haga conforme dispone el artículo 1170 del Código civil. Dadas las circunstancias concurrentes de aparente colaboración de los vendedores en encontrar una fórmula de pago que éstos no procedieran sin previo aviso a requerir a los demandados, en tiempo brevísimo, dar por resuelto el contrato, en condiciones no conciliables con el carácter jurisprudencial del impago que como ya se ha dicho, tiene que ser prolongado, duradero e injustificado. En primera instancia se desestimó la demanda. En segunda instancia se desestimó la apelación. Planteado recurso de casación fue desestimado.

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Extracto


Sentencia nº 1226/1998 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 29 de Diciembre de 1998

En la Villa de Madrid, a veintinueve de Diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados indicados al margen el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Jaén, como consecuencia de autos, juicio de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número tres de Jaén, sobre resolución de contrato de compraventa, cuyo recurso fue interpuesto por Don Carlos Antonioy Doña Laurarepresentado por el procurador de los t...

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