Sentencia nº /2003 de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 2 de Abril de 2003
Enlazado como:
Enlazado como:
Resumen
DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA. CADUCIDAD. Se impugna sentencia desestimatoria. Aunque la demanda se haya presentado y formalizado una vez transcurrido el plazo de 20 días conferido al efecto, no es posible declarar caducado el recurso pues para ello hubiera sido necesario, que se le hubiera notificado a la parte actora la providencia en la que se tenía por perdido el trámite y así haber dispuesto la posibilidad prevista en el mismo precepto de presentar el escrito dentro del día de la notificación, en cuyo caso se tendría que haber admitido sin que procediera la caducidad. La demanda fue desestimada. La casación fue estimada
Ver el contenido completo de este documento
Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrente
Extracto
Sentencia nº /2003 de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 2 de Abril de 2003
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a dos de Abril de dos mil tres. VISTOS por la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo los recursos de casación interpuestos por el Procurador de los Tribunales D. Juan Carlos Estévez Fernández-Novoa, en representación del COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, y por el Letrado del Servicio Jurídico del GOBIERNO DE CANARIAS, en nombre y representación de esta Comunidad Autónoma, contra la sentencia de 27 de octubre de 1997 dictada en el recurso nº 338/1995 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife. Ha sido parte recurrida el Procurador de los Tribunales D. Bonifacio Fraile Sánchez, en representación del Colegio de Arquitectos de Canarias.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- En el recurso contencioso-administrativo nº 338/1995, la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife, dictó sentencia cuyo fallo dice textualmente: "FALLAMOS: Declaramos la inadmisibilidad de ...
Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
Documentos citados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex España
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Compañía
Otros documentos:
RESOLUCIÓN EDC/1444/2006 de 9 de mayo por la que se declara el cese de actividades de un centro municipal de for... | EDICTO del Ayuntamiento de Alforja, sobre adopción de un acuerdo. | EDICTO de 13 de junio de 2005, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de... | ANUNCIO de contratación de obras (ref. 34/02). | Acórdão nº 70037565660 de Tribunal de Justiça do RS, Terceira Câmara Cível, September 01, 2011 | thais britto | Acórdão nº 2009.01.99.040674-4 de Tribunal Regional Federal da 1a Região Primeira Turma January 19 2011 | Acórdãos nº 207984 de TJSP Tribunal de Justiça do Estado de São Paulo September 19 2011