Sentencia nº / de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 7 de Marzo de 2003

Enlazado como:
Abogados Público y Administrativo

Resumen


CUESTIÓN DE COMPETENCIA. ACUERDO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONSEJO DE ESTADO DESESTIMANDO RECURSO DE REPOSICIÓN. La incorporación al cuerpo superior de letrados del Estado al amparo de la disposición adicional 9ª 1,4 de la Ley 30/1984 no dió derecho por sí sola a adquirir la condición de letrado del consejo de estado. Se desestima el contencioso administrativo.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


Sentencia nº / de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 7 de Marzo de 2003

D. MANUEL GODED MIRANDAD. JUAN JOSE GONZALEZ RIVASD. NICOLAS ANTONIO MAURANDI GUILLEND. PABLO MARIA LUCAS MURILLO DE LA CUEVA

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a siete de Marzo de dos mil tres.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, constituida en su Sección Séptima por los Magistrados indicados al margen, el recurso contencioso- administrativo nº 1437/2000, interpuesto por don Federico contra la Resolución de la Comisión Permanente del Consejo de Estado de 22 de diciembre de 1999.

Se han personado, como partes recurridas, EL ABOGADO DEL ESTADO, en representación de la ADMINISTRACION, don JOSE DE MURGA Y RODRÍGUEZ, en representación de don Carolina y don JUAN ANTONIO GARCIA SAN MIGUEL Y ORUETA, en representación de don Jose Pablo y otros.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La Resolución recurrida es del siguiente tenor literal: "Resolución de 22 de diciembre de 1999, de la Comisión Permanente del Consejo de Estado, por la que se desestima el recurso de reposición formulado por D. Federico contra la Resolución de 21 de octubre de 1999, de la Presidencia del Consejo de Estado, por la que no se admitió a trámite la anterior reclamación de dicho recurrente contra la Resolución de 26 de julio del mismo año, que aprobó la relación de miembros pertenecientes al Cuerpo de Letrados del Consejo de Estado, referida al 30 de junio de 1999.".

SEGUNDO.- Contra dicha Resolución ha interpuesto recurso contencioso- administrativo don Federico . Aceptada la competencia de esta Sección conforme a lo resuelto en el Auto de la Sección Primera de esta Sala de 13 de octubre de 2000, se acuerda, por providencia de 10 de noviembre de 2000, entregar el expedient...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía