Sentencia nº 0121 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 20 de Febrero de 1993

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Resumen


"RESOLUCIONES JUDICIALES. SENTENCIA. CONGRUENCIA. Esta Sala ha declarado que no genera defecto de incongruencia el hecho de que en aplicación del principio ""iura novit curia"" el fallo se extiende aún a aquellos extremos que, en el supuesto de no haberse solicitado, sean consecuencia lógica de lo pedido y más cuando es obligado y actúa como complementario, habiendo sido objeto del debate, con las posibilidades impugnatorias y de práctica de prueba por la contraparte (sentencias de 16-6-1987, 21-1-1991, 20-6-1991, 3-1-1992 y 3-3-1992). En primera instancia se desestima la demanda. Se estima la apelación. Se desestima la casación. "

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandante

Extracto


Sentencia nº 0121 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 20 de Febrero de 1993

En la Villa de Madrid, a

En la Villa de Madrid, a 20 de Febrero de 1.993. Visto por la Sala

Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen

indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de

apelación por la Audiencia Provincial de Valencia -Sección Séptima- en

fecha cinco de junio de 1.990, como consecuencia de los autos de juicio de

menor cuantía sobre remoción del cargo de albacea, tramitados en el Juzgado

de Primera Instancia número seis de los de Valencia, cuyo recurso fué

interpuesto por don Humberto, representado por el Procurador

de los Tribunales, don José-Luis Pérez-Mulet Suárez, asistido del Letrado

don Vicente Benavent Ruiz, en el que son partes recurridas doña Palomay

don Cosme, representados por el Procurador don Tomás

Cuevas Villamañán y a los que defendió el Letrado don Gonzalo Barrera

Pérez.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.-El Juzgado de Primera Instancia número seis de los de

Valencia, tramitó los autos de juicio de menor cuantía (número 900/88), en

razón a la demand...

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