Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 23 de Marzo de 1994

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Abogados Laboral y Seguridad Social

Resumen


"CONFLICTO COLECTIVO. UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. Se declara que el convenio colectivo es el que rige para quienes por primera vez entraron en su ámbito de vigencia; sólo el colectivo protegido por la condición más beneficiosa y que la haya disfrutado en efecto es el que ha adquirido las ventajas de la misma. Se desestima el recurso de casación. "

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Instituto Nacional de la Seguridad Social

Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 23 de Marzo de 1994

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintitrés de Marzo de mil novecientos noventa y cuatro.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de CASACIÓN interpuesto por la SECCIÓN SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS EN EL INSTITUTO SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS (ISFAS), representada y defendido por el Letrado don Ramón López Soriano, contra la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de 15 de octubre de 1992 en el proceso de CONFLICTO COLECTIVO, instado por dicha Sección Sindical y por la Sección Sindical de la Unión General de Trabajadores contra el nombrado Instituto (ISFAS), aquí parte recurrida, representado y defendido por el Abogado del Estado.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Las Secciones Sindicales de CC.OO. y UGT en el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) formulan demanda de conflicto colectivo, que dirigen contra el Instituto Social de las...

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