Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 1 de Diciembre de 1994

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Resumen


CONFLICTO COLECTIVO. CONFLICTO INDIVIDUAL. SUSPENSIÓN. Las demandas individuales de reclamación de cantidad sustentadas en cuestión que había sido objeto de Conflicto Colectivo pendiente de resolución firme al tiempo de la presentación de aquéllas, siendo inapreciable la excepción de litis- pendencia, debieran haber suspendido la tramitación de las mismas, en tanto no se llegara a obtener el pronunciamiento judicial último en el proceso de carácter colectivo. En primera instancia se desestima la demanda. Se desestima la casaci?

Frases clave


Entonces y con referencia a demandas individuales de reclamación de cantidad sustentadas en cuestión que había sido objeto de Conflicto Colectivo pendiente de resolución firme al tiempo de la presentación de aquéllas se dijo que, inapreciable la excepción de litis- pendencia, debiera haberse suspendido la tramitación de las mismas, en tanto no se llegara a obtener el pronunciamiento judicial último en el proceso de carácter colectivo.

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Historial del Caso


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Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 1 de Diciembre de 1994

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a uno de Diciembre de mil novecientos noventa y cuatro.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina, promovido por el Letrado D. RAFAEL SENRA BIEDMA, en nombre y representación de D. Iván , Amelia , María Inés , Marco Antonio , Pedro y Ángel , contra la sentencia de fecha 15 de Marzo de 1.994, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en recurso de suplicaci...

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