Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 7 de Marzo de 2002

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Resumen


"CONFLICTO COLECTIVO. La censura jurídica se intenta desarrollar sobre normas genéricas y plurales, de tal modo que se denuuncia la infracción del Estatuto Jurídico del Personal Facultativo (sic); de la Directiva 93/104 CEE y sentencia que la interpreta en el asunto C 303/98 de 3/10/ 2000 del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas; y añade dos Ordenes Ministeriales, que son objeto de su censura como contrarias al ordenamiento comunitario y ahora las hace figurar en el enunciado de infracciones jurídicas del fallo. Siguiendo la constante doctrina consistente en que esta Sala no puede suplir las omisiones y defesctos formales que inhabiliten los actos de las partes para el propósito procesal intentado, el recurso ha de decaer porque no es posible acoger ninguna de sus alegaciones dentro del ya citado art. 205 de la Ley de Procedimiento Laboral. Se desestima la demanda. Se desestima la apelación."

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 7 de Marzo de 2002

D. LUIS GIL SUAREZD. AURELIO DESDENTADO BONETED. VICTOR ELADIO FUENTES LOPEZD. MARIANO SAMPEDRO CORRALD. JUAN FRANCISCO GARCIA SANCHEZD. JOSE MARIA MARIN CORREA

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a siete de Marzo de dos mil dos.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación interpuesto po...

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