Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 12 de Junio de 2001

Enlazado como:
Abogados Laboral y Seguridad Social

Resumen


"CONFLICTO COLECTIVO. ""Las empresas concesionarias de las contratas para la limpieza de los Centros Sanitarios dependientes de la Seguridad Social, abonarán a los trabajadores adscritos a dichos servicios, la diferencia existente, en cada momento, entre el salario anual fijado por este Convenio y las retribuciones aprobadas oficialmente para el personal de igual categoría de la plantilla de la Seguridad Social, para el mismo período de tiempo"" y que ""el abono de estas cantidades se efectuará mediante su prorrateo en la nómina correspondiente a cada una de las doce mensualidades del año"". Se desestima la casación. "

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Union General de Trabajadores

Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 12 de Junio de 2001

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a doce de Junio de dos mil uno.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de CASACIÓN interpuesto por la "CONFEDERACIÓN SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS- UNIÓN REGIONAL DE ASTURIAS", representada y defendida por el Letrado Don Enrique Lillo Pérez, y al que se adhirió la "UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES- UNIÓN REGIONAL DE ASTURIAS", representada y defendida por la Letrada Doña Marina Pineda Gónzalez, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Asturias, en fecha 7-noviembre-2000 (autos 10/00), recaída en procedimiento sobre conflicto colectivo instado por la citada recurrente, con la misma adhesión, frente a la empresa "EULEN, S.A.", en este proceso...

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