Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 11 de Octubre de 1994

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Resumen


CONFLICTO COLECTIVO. ESTIMACIÓN PARCIAL. La sentencia de instancia recurrida ha sido dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en proceso de conflicto colectivo que afecta a los empleados de la Generalidad participantes en la huelga legal llevada a cabo en sus servicios o centros de trabajo los días 26 de noviembre y 15 de diciembre de 1992. La parte dispositiva de la citada sentencia, después de un detenido examen de la cuestión jurídica controvertida, ha estimado parcialmente la demanda de la confederación sindical de Comisiones Obreras relativa al cómputo de los descuentos de retribuciones propuestos o practicados por la Administración autonómica, acogiéndose a la doctrina jurisdiccional elaborada en su día por el Tribunal Central de Trabajo. El tribunal entiende que la confederación sindical demandante solicita en primer lugar una declaración sobre que el sistema de cálculo de descuentos salariales 'no es ajustado a Derecho... en lo tocante a la determinación del valor hora', y justamente ésta es la declaración que contiene el primer pasaje de la parte dispositiva de la sentencia. El hecho de que el fallo no acceda íntegramente a lo solicitado en el punto B del 'suplico', cuidándose de precisar con detalle los factores a tener en cuenta para la referida operación de cálculo no afecta para nada a la congruencia del mismo. La declaración del 'valor hora' que contiene la sentencia responde sin duda al interés de la demandante, aunque no coincida totalmente con el que ésta había propuesto, ajustándose plenamente por otra parte a la naturaleza del proceso especial de conflicto colectivo y a la finalidad de interpretación general o para grupos de casos que tiene la sentencia dictada en el mismo. Por lo que se desestima la casación del actor.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 11 de Octubre de 1994

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a once de Octubre de mil novecientos noventa y cuatro.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud de recurso de casación, formulado por la Letrado Dña. Isabel Cortés Parra, en nombre y representación de la GENERALIDAD VALENCIANA, contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de fecha 10 de diciembre de 1993, en actuaciones seguidas por la CONFEDERACION SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS DEL PAIS VALENCIANO, contra dicha recurrente, sobre CONFLICTO COLECTIVO. Es parte recurrida la CONFEDERACION SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS DEL PAIS VALENCIANO, representada por el Letrado D. Ricardo Ysern Lagarda.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.-La Confederación Sindical de Comisiones Obreras del País V...

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