Sentencia nº / de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 26 de Marzo de 2002

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Resumen


CONCESIÓN DE MARCA. RIESGO DE CONFUSIÓN. Las denominaciones enfrentadas presentan diferencias fonéticas y gráficas suficientes que les permite convivir en el Registro sin riesgo de confusión entre sus productos similares, y en consecuencia la sentencia aplica correctamente el Art. 124-1° del Estatuto, o al menos puede asegurarse que es una interpretación lógica y racional del mismo y no cabe ahora en vía casacional alterar tales hechos deducidos de la prueba en base a unas alegaciones puramente subjetivas del recurrente. Se desestima el recurso contencioso administrativo. Se desestima la casación.

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Extracto


Sentencia nº / de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 26 de Marzo de 2002

D. OSCAR GONZALEZ GONZALEZD. SEGUNDO MENENDEZ PEREZD. MANUEL CAMPOS SANCHEZ-BORDONAD. FRANCISCO TRUJILLO MAMELYD. PABLO MARIA LUCAS MURILLO DE LA CUEVAD. FERNANDO CID FONTAN

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintiséis de Marzo de dos mil dos.

En el recurso de casación nº 2202/1995, interpuesto por el Procurador D. Pedro Rodríguez Rodríguez, con la asistencia de Letrado, en nombre y representac...

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