Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 29 de Junio de 2001

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Resumen


"CONCESIÓN ADMINISTRATIVA. La invocación del artículo 95.1.3° de la Ley Jurisdiccional como apoyo de la supuesta incongruencia que se imputa a la sentencia es de todo punto gratuita, pues lo que a su amparo se denuncia no es tanto que esta resolución judicial haya dejado de dar respuesta a la pretensión actora o a los razonamientos de la demanda, sino que ha interpretado erróneamente (siempre a juicio del recurrente) el artículo 111 de la Ley de Procedimiento Administrativo. En cuanto a la supuesta infracción de norma legal, como motivo de casación invocable al amparo del artículo 95.1.4° de la Ley Jurisdiccional, el recurrente en su escrito de ""alegaciones"" simplemente omite expresar cuál de las aplicables al fondo del litigio considera infringida por la sentencia de instancia, lo que basta para considerarlo inadmisible. Se desestima la demanda. Se desestima la apelación."

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 29 de Junio de 2001

D. OSCAR GONZALEZ GONZALEZD. SEGUNDO MENENDEZ PEREZD. MANUEL CAMPOS SANCHEZ-BORDONAD. FRANCISCO TRUJILLO MAMELYD. FERNANDO CID FONTAN

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintinueve de Junio de dos mil uno.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, constituida en su Sección Tercera por los Magistrados indicados al margen, el recurso de casación número 5670/1994 interpuesto por D. Jesus Miguel , representado por el Procurador D. Argimiro Vázquez G...

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