Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 31 de Marzo de 2005
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Resumen
COMPETENCIA DESLEAL. PROHIBICIONES. CONCERTACIÓN DE PRECIOS DE LAS VACUNAS ANTIGRIPALES. PRÁCTICAS RESTRICTIVAS DE LA COMPETENCIA. MULTA. Se declara acreditada la conducta concertada o conscientemente paralela de fijación de precios coincidentes con las empresas competidoras, conducta prohibida con independencia de que dichos precios fuesen inferiores a los legalmente autorizados por la Administración. El Tribunal de Competencia fija multa Se desestima el recurso contencioso administrativo. No se hace lugar a la casación.
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Historial del Caso
→ Desestima el recurso contra Sentencia de Audiencia Nacional, 6 de Mayo de 2002
Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 31 de Marzo de 2005
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a treinta y uno de Marzo de dos mil cinco. VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, constituída en su Sección Tercera por los Magistrados indicados al margen, el recurso de casación interpuesto por LABORATORIOS LETI, S.A., representada por el Procurador D. Eduardo Codes Feijoo, contra la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en fecha 6 de mayo de 2.002 en el recurso contencioso-administrativo número 1.913/1.998, sobre prácticas restrictivas de la competencia consistentes en la concertación de previos de las vacunas antigripales con las que se concurría a los concursos convocados por el Servicio Andaluz de Salud. Es parte recurrida la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada por el Sr. Abogado del Estado.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- En el proceso contencioso-administrativo antes referido, la Sala de lo Contencioso- Administrativo (Sección Sexta) de la Audiencia Nacional dictó sentencia de fecha 6 de mayo de 2.002, desestimatoria del recurso promovido por Laboratorios Leti, S.A. contra la resolución del Pleno del Tribunal de Defensa de la Competencia de 30 de septiembre de 1.998 dictada en el expediente 395/97 (co...Ver el contenido completo de este documento
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