Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 31 de Mayo de 1997

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Resumen


COMPRAVENTA. RESCISIÓN UNILATERAL. Existe una rescisión unilateral de la compraventa a raiz del incumplimiento de la compradora que no promovió la elevación a escritura pública en el plazo pactado. Los problemas de esta rescisión, su procedencia y la indemnización en su caso de los perjuicios ocasionados, siempre en los términos del contrato privado entre denunciante y denunciada, es una cuestión que, en su caso, debe plantearse ante la jurisdicción civil, pero en modo alguno corresponde al ámbito penal, ajeno a los meros incumplimientos contractuales y aún al dolo civil, y reservando a los supuestos más graves y distintos de delito. En cuanto al acto de disposición patrimonial y al perjuicio, no puede negarse su existencia, pero ello nada indica en tanto ni uno ni otro derivaron de una acción engañosa de la acusada. Se desestima el recurso.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 31 de Mayo de 1997

En la Villa de Madrid, a treinta y uno de Mayo de mil novecientos noventa y siete.

En el recurso de casación por infracción de Ley, que ante Nos pende, interpuesto por Eugenio, contra auto dictado por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 1ª), que decretaba la acumulación de diversas condenas sobre robo, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituído para la Votación y Fallo, bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponenc...

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