Sentencia nº 567/2008 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 12 de Junio de 2008
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Resumen
"COMPRAVENTA. INCUMPLIMIENTO DE LA VENDEDORA. RESOLUCION. Así pues, sentado en el caso de autos que la entidad vendedora asumió el compromiso, encomendando su consecución a una gestoría, de transferir administrativamente el vehículo objeto de venta y, además, que transmitiéndose el mismo libre de cargas, resultó finalmente sujeto a los embargos que reseñaba la resolución impugnada, no cabe sino concluir que fue correcto el criterio del tribunal de instancia de considerar que los incumplimientos en que incurrió la demandada impidieron la consecución del fin económico del contrato pretendido por los compradores, que no fue otro, como también se reseña en la Sentencia de Apelación, que ""realizar los portes del material construido en su empresa a los adquirentes del mismo"". En primera instancia se estima la demanda. Se desestima la apelación. Se desestima la casación. "
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Extracto
Sentencia nº 567/2008 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 12 de Junio de 2008
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a doce de Junio de dos mil ocho.Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la Sentencia dictada en fecha 19 de diciembre de 2000 en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Pamplona, Sección Primera, como consecuencia de autos, juicio de menor cuantía número 127/1999, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Pamplona, sobre resolución contractual, el cual fue interpuesto por la entidad "BANCO BILBAO VIZCAYA, S.A.", representada por el Procurador de los Tribunales Don Francisco José Abajo Abril, en el que son recurridos Don Ignacio y Doña Encarna, representados por la Procuradora Doña Ana Lázaro Gogorza.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Ante el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Pamplona, fueron vistos los autos, juicio de menor cuantía, promovidos a instancia de Don Ignacio y Doña Encarna, contra "BANCO BILBAO VIZCAYA, S.A.", sobre resolución de contrato de compraventa.Por la parte actora se formuló demanda arreglada a las prescripciones legales, en la cual solicitaba,...Ver el contenido completo de este documento
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