Sentencia nº 161/1997 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 6 de Marzo de 1997
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Resumen
COMPRAVENTA. ESCRITURA PÚBLICA.VALORACIÓN DE LA PRUEBA.La existencia o inexistencia de un contrato y la concurrencia o no de los requisitos esenciales del mismo, así como la existencia de vicios del consentimiento, es cuestión de mero hecho y como tal su constatación es facultad privativa de los tribunales de instancia, cuya apreciación obtenida a través de la valoración de la prueba practicada ha de ser mantenida en casación en tanto la misma no sea desvirtuada por el cauce procesal adecuado, bien alegando error de derecho con invocación de la norma valorativa de la prueba que pueda considerarse infringida. No se hace lugar a los recusos de casación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Sentencia nº 161/1997 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 6 de Marzo de 1997
En la Villa de Madrid, a seis de Marzo de mil novecientos noventa y siete.
Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, los dos recursos de Casación contra la Sentencia dictada en grado de Apelación por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, como consecuencia de autos de Juicio de Menor Cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de los de dicha Capital, sobre Otorgamiento de escritura pública; cuyos recursos fueron interpuestos por DON Eusebio, DOÑA Marí LuzY DON Jose Carlos, representados por el Procurador de los Tribunales don José Luis Ortíz-Cañavate y Puig Mauri; y por DON CesarY DOÑA Rocío, representados por la Procuradora de los Tribunales doña María Teresa Puente Mendez; siendo parte recurrida la Compañía Mercantil PROMOCIONES DIRECCION000, S.A. -DIRECCION000-, representado por el Procurador de los Tribunales don Jorge Deleito García.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO: Ante el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Zaragoza, fueron vistos los autos, juicio de Menor Cuantía, promovidos a instancia de la Compañía Mercantil Promociones DIRECCION000, S.A., -Prohisa-, contra doña Marí Luz, don Eusebioy don Jose Carlosy contra don Cesary doña Rocío, sobre otorgamiento de Escritura Pública. Por la parte actora se formuló demanda arreglada a las prescripciones legales, en la cual solicitaba, previa alegación de los hechos y fundamentos de derecho, que se dictara sentencia por la que, estimando la demanda , A) CONDENE a don Cesary a doña Rocío, cada uno por su derecho, al otorgamiento de la escritura pública de compraventa de...Ver el contenido completo de este documento
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