Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 20 de Febrero de 2001
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Resumen
CUESTIÓN DE COMPETENCIA. ESTIMACIÓN. En el recurso contencioso administrativo sobre estatuto regulador de las actividades de operador mayorista de productos petrolíferos en Canarias. Es estimada la demanda. La Comunidad Autónoma de Canarias interpuso ante esta Sala el presente recurso de casación. El TRibunal entiende que como acertadamente pone de relieve la defensa de la parte recurrida, al referirse el recurso de casación tan sólo a la cuestión competencial y omitir toda crítica o censura respecto a la infracción del principio de reserva de ley, la eventual estimación del motivo único de impugnación dejaría incólume el resto de la sentencia, esto es, el pronunciamiento anulatorio de los Decretos por no respetar la reserva de ley, pronunciamiento éste que, repetimos, no obstante figurar como primer factor determinante del fallo, no es combatido por la parte recurrente. La cuestión competencial planteado (en cuya solución, por lo demás, no podríamos prescindir de las consideraciones que contiene la sentencia constitucional número 197 de 1996, de 28 de noviembre, en especial respecto del carácter básico de las disposiciones estatales antes invocadas y de su eficacia normativa propia, prorrogada ulteriormente por la Disposición Transitoria Primera de la Ley 34/1992, de 22 de diciembre, de Ordenación del Sector Petrolero, no obstante la declaración de inconstitucionalidad de la Disposición Final Tercera de dicha ley), pues una hipotética solución favorable para la parte recurrente no supondría la casación del pronunciamiento anulatorio de los decretos que, por otro motivo no combatido, llevó a cabo la sentencia de instancia. Se desestima la casación del demandado-
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Cuestión de competencia negativa
Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 20 de Febrero de 2001
D. SEGUNDO MENENDEZ PEREZD. MANUEL CAMPOS SANCHEZ-BORDONAD. FRANCISCO TRUJILLO MAMELYD. FERNANDO CID FONTAN
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veinte de Febrero de dos mil uno. Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, constituida en su Sección Tercera por los Magistrados indicados al margen, el recurso de casación número 1262/1994 interpuesto por la COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, representada por Letrada de sus servicios jurídicos, contra la sentencia dictada con fecha 21 de enero de 1994 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia ...Ver el contenido completo de este documento
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