Sentencia nº 512/2005 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 24 de Junio de 2005
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Resumen
COMPETENCIA DESLEAL. La deslealtad se integra cuando el infractor obtiene provecho efectivo del ahorro de costes que por razones legales ha de satisfacer y a efectos de diferenciarse y hacer frente de esta manera y con ventaja a la competencia, presentándose significativa cuando se produce desviación acreditada de la clientela de los competidores a su favor con tal practica que la Ley sanciona y ataja el artículo 15-1, cuya infracción, no se ha producido, por no haberse probado debidamente que se han cumplido los presupuestos que el precepto exige. Se estima la demanda. Se estima la apelación. Se desestima la casación.
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☞ Sentencia Favorable a: Demandado, Sociedad mercantil
Extracto
Sentencia nº 512/2005 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 24 de Junio de 2005
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veinticuatro de Junio de dos mil cinco. VISTOS por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados identificados al margen, el Recurso de casación contra la Sentencia dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Madrid -Sección decimonovena- en fecha 25 de septiembre de 1998, como consecuencia de los autos de juicio de menor cuantía, sobre competencia desleal (ventaja competitiva adquirida mediante la infracción de las leyes, art. 15-1 de la Ley de 10 de enero de 1991), tramitados en el Juzgado de Primera Instancia de Alcalá de Henares número tres, cuyo recur...Ver el contenido completo de este documento
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