Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 23 de Mayo de 2006

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Resumen


CONFLICTO COLECTIVO. LIBERTAD SINDICAL.CONVENIO COLECTIVO. FALTA DE ACCION.Se reclama contra la sentencia que desestimó la demanda de conflicto colectivo por falta de acción.La denuncia de infracción por interpretación errónea del artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores en relación con eI Convenio Colectivo, no solo ha sido debidamente contestada en la sentencia recurrida, sino que en ningún momento la sentencia combatida niega la vigencia del contenido normativo del Convenio una vez denunciado el mismo hasta tanto no entre en vigor uno nuevo, ni tal cuestión fue la razón para desestimar la demanda. La infracción denunciada sobre interpretación errónea del artículo 28.1 de la Constitución en relación con el art.2.2.d) de la Ley Orgánica de Libertad Sindical y el 82.3 del Estatuto de los Trabajadores, ha de ser rechazada además porque no se deduce una conducta de la empresa que pueda ser calificada como un ataque o tendencia a obstaculizar el ejercicio del derecho a la negociación colectiva de los Sindicatos, ni que implique violación del derecho de Libertad Sindical.No se hace lugar al recurso de casación.

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Historial del Caso


→ Desestima el recurso contra Sentencia nº 49/2005 de Audiencia Nacional - Sala de lo Social, 17 de Mayo de 2005

☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 23 de Mayo de 2006

GONZALO MOLINER TAMBOREROJUAN FRANCISCO GARCIA SANCHEZJOSE LUIS GILOLMO LOPEZJESUS SOUTO PRIETOJOSE MARIA BOTANA LOPEZ

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintitrés de Mayo de dos mil seis.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación interpuesto por la Letrada Dª Josefa Martinez Riaza, en nombre y representación de METAL, CONSTRICCION Y AFINES DE LA UGT, MEDERACIÓN ESTATAS (MCA-UGT), frente a la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de fecha 17 de mayo de 2005 , dictada en virtud de demanda formulada por METAL, CONSTRICCION Y AFINES DE LA UGT, MEDERACIÓN ESTATAS (MCA- UGT), contra NEXAN IBERIA S.L. sobre conflicto colectivo.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA BOTANA LÓPEZ

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El día 17 de mayo de 2005, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional dictó sentencia en virtud de demanda formulada por METAL, CONSTRICCION Y AFINES DE LA UGT, MEDERACIÓN ESTATAS (MCA-UGT), contra NEXANS IBERIA S.L., sobre conflicto colectivo, en la que como hechos probados constan los siguientes: "PRIMERO.- Las relaciones laborales de la empresa NEXANS IBERIA S.L se venían rigiendo por lo previsto en su VII Convenio Colectivo Interprovincial, con vigencia para los años 2000 a 2002 , publicado en el BOE de 28 de Octubre de 2000, que est...

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