Sentencia nº 491/2005 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 18 de Abril de 2005
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Resumen
RECURSO DE CASACIÓN. DELITO CONTRA LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS EXTRANJEROS. DENEGACIÓN DE DILIGENCIA DE PRUEBA. Se recurre la sentenica que condena al imputado como autor responsable de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Lla denegación de una diligencia de prueba, o la no práctica de la admitida, debe ser considerada como constitutiva del vicio in procedendo, cuando se genere indefensión a la parte proponente, esto es, cuando la prueba, resultaría decisiva, o por lo menos útil en orden a la demostración de los efectos exculpatorios porque sólo cuando la prueba no practicada sea necesaria para determinar algún dato relevante podrá prosperar la censura, pero no cuando la misma sea superflua o redundante, esto es, innecesaria. En el caso presente, la innecesariedad de la testifical omitida es palmaria ante la solidez y variedad de los elementos probatorios en los que el Tribunal fundamenta su convicción. Se desestima el recurso.
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Historial del Caso
→ Desestima el recurso contra Sentencia nº 11/2004 de AP Las Palmas, 21 de Enero de 2004
☞ Sentencia Favorable a: Condena
Extracto
Sentencia nº 491/2005 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 18 de Abril de 2005
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a dieciocho de Abril de dos mil cinco. En el recurso de casación por quebrantamiento de forma e infracción de ley, que ante Nos pende, interpuesto por la representación del acusado Blas , contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Las Palmas, Sección Segunda, que le condenó por delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la votación y fallo, bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D. Diego Ramos Gancedo, siendo también parte el Ministerio Fiscal y estando dicho recurrente acusado representado por la Procuradora Sra. Cabrera Montelongo. I. ANTECEDENTES 1.- El Juzgado de Instrucción nº 5 de Ar...Ver el contenido completo de este documento
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