Sentencia nº / de TS, Sala 4ª, de lo Social, 17 de Enero de 2002

Enlazado como:
Abogados Laboral y Seguridad Social

Resumen


CESE DE ABONO DE PENSIÓN DE JUBILACIÓN. El acuerdo de cese en la prestación que la actora percibía en la Oficina de Gestión de Prestaciones Económicas y Sociales del Síndrome Tóxico, acordada por ésta en el momento en que abonó a la actora la cantidad resultante de la liquidación de los daños y perjuicios que le fueron reconocidos en sentencia firme, era adecuada a derecho. Una vez percibidas por la perjudicada todas las prestaciones que le fueron reconocidas como consecuencia de su afectación tóxica carecía de objeto que la Oficina gestora de tales prestaciones siguiera abonándole cantidad alguna puesto que ya no tenía derecho a ello. La demandante, cuando reclamó contra el cese en el abono de la prestación, había percibido ya el montante económico total de la indemnización que le había sido reconocido como consecuencia de su afectación tóxica, y, por lo tanto, pretender que el cese en el abono de aquella cantidad era ilegal carecía de justificación. En primera instancia se desestima la demanda. Se estima parcialmente la suplicación. Se desestima la casación para la unificación de doctrina interpuesta por la trabajadora y se estima la formulada por el INSS.

Ver el contenido completo de este documento

Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Instituto Nacional de la Seguridad Social

Extracto


Sentencia nº / de TS, Sala 4ª, de lo Social, 17 de Enero de 2002

D. LUIS GIL SUAREZD. ANTONIO MARTIN VALVERDED. MANUEL IGLESIAS CABEROD. GONZALO MOLINER TAMBOREROD. JOSE MARIA MARIN CORREA

En la Villa de Madrid, a diecisiete de Enero de dos mil dos.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para la UNIFICACION DE DOCTRINA, interpuestos por el Procurador D. Fernando Ruiz de Velasco y Martínez de Ercilla, en nombre y representación del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y por la Procuradora Dª Beatriz Ruano Casanova en nombre y representación de Dª Sofía , contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede en Valladolid, de fecha 23 de octubre de 2000, recaída en el recurso ...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




Afectaciones


APLICA

ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía