Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 21 de Junio de 2006
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Resumen
MEDIDAS CAUTELARES. SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN. PERICULUM EN MORA. Para decidir la suspensión cautelar es requisito que la ejecución pueda hacer perder su finalidad legítima al recurso, que es lo que se llama el periculum in mora y que opera como criterio decisor de la suspensión cautelar, porque el instituto de las medidas cautelares tiene su razón de ser en la necesidad de preservar ese efecto útil de la futura sentencia ante la posibilidad de que el transcurso del tiempo en que ha de desenvolverse el proceso lo ponga en riesgo, por poder surgir, en ese espacio temporal, situaciones irreversibles o de difícil o costosa reversibilidad. Se acuerda la no suspensión del acuerdo recurrido. Ha lugar al recurso de casación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Ejecutado
Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 21 de Junio de 2006
MARIANO DE ORO-PULIDO LOPEZPEDRO JOSE YAGÜE GILJESUS ERNESTO PECES MORATESEGUNDO MENENDEZ PEREZRAFAEL FERNANDEZ VALVERDEENRIQUE CANCER LALANNE
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintiuno de Junio de dos mil seis. Visto por la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo el Recurso de Casación 8530/2003 interpuesto por la entidad ALADUEÑA PEÑALVER, S. A. representada por el Procurador Don Vicente Ruigómez Muriendas y asistida de Letrado, siendo parte recurrida la COMUNIDAD DE MADRID representada por el Letrado de la Comunidad de Madrid; contra el auto dictado el 18 de septiembre de 2003 por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid , por el que se acordó desestimar el recurso de súplica interpuesto contra el auto de 11 de julio de 2003 de la misma Sala, en Recurso Contencioso-Administrativo nº 948/2003 , sobre suspensión de ejecución de acto recurrido.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- Ante la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, se ha seguido el recurso ...Ver el contenido completo de este documento
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