Sentencia nº 0284 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 28 de Marzo de 1995

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Resumen


CASACIÓN. VALORACIÓN DE LA PRUEBA: Los documentos públicos aducidos han sido objeto de examen por el juzgador de instancia que los ha valorado en relación con los otros medios de prueba. Es doctrina reiterada que no sirven de apoyo los documentos base del proceso, ya examinados por el juzgador, pues ello revela que no se acusa error en la apreciación de la prueba sino en su valoración, ocurriendo que lo pretendido es sustituir el objetivo e imparcial criterio de los tribunales por el subjetivo e interesado del recurrente. En primera instancia se desestima la demanda. Se estima la apelación. Se desestima la casaci?

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandante

Extracto


Sentencia nº 0284 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 28 de Marzo de 1995

sentencia por la que se declarase que la finca embargada por la Tesorería

Territorial de la Seguridad Social de Pontevedra en Vigo en el expediente

administrativo de apremio que se sigue contra Don Fernando,

objeto de esta tercería, es de propiedad de la entidad actora DIRECCION000.,

y que en su consecuencia procede alzar el embargo trabado sobre dicho

inmueble por la citada Tesorería en el expediente de apremio antes citado,

mandando se deje el embargo sin efecto alguno, y que se libre al Registro

de la Propiedad de Caldas de Reyes comunicación u oficio parti...

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