Auto de TS, Sala 4ª, de lo Social, 28 de Mayo de 2004

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Resumen


RECURSO DE CASACIÓN. UNIFICACIÓN DE DOCTRINAS. El artículo 217 de la Ley de Procedimiento Laboral exige para la viabilidad del recurso de casación para la unificación de doctrina que exista una contradicción entre la resolución judicial que se impugna y otra resolución judicial que ha de ser una sentencia de una Sala de lo Social de un Tribunal Superior de Justicia o de la Sala IV del Tribunal Supremo. La contradicción requiere que las resoluciones que se comparan contengan pronunciamientos distintos sobre el mismo objeto, que se produzca una diversidad de respuestas judiciales ante controversias esencialmente iguales. No surge de una comparación abstracta de doctrinas al margen de la identidad de las controversias, sino de una oposición de pronunciamientos concretos recaídos en conflictos sustancialmente iguales. Se inadmite el recurso de casación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Auto de TS, Sala 4ª, de lo Social, 28 de Mayo de 2004

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiocho de Mayo de dos mil cuatro.HECHOS

PRIMERO.- Por el Juzgado de lo Social Nº 1 de los de Ceuta se dictó sentencia en fecha 30 de septiembre de 2002, en el procedimiento nº 525/01 seguido a instancia de Miguel Ángel contra Hospital O'donell (MINISTERIO DEFENSA), sobre clasificación profesional, que estimaba en parte la pretensión formulada.

SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por la parte demandada, siendo dictada sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en fecha 27 de mayo de 2003, que desestimaba el recurso interpuesto y, en consecuencia, confirmaba la sentencia impugnada.

TERCERO.- Por escrito de fecha 26 de septiembre de 2003 se formalizó ...

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