Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 7 de Noviembre de 2005

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Resumen


RECURSO DE CASACIÓN PARA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. Se ha de estar a lo que establece el tan repetido precepto estatutario aplicable a los hechos que vienen acreditados y a la decisión judicial de nulidad parcial del contrato, y que, en relación con el precepto contractual común contenido en el artículo 1303 del Código Civil , conduce a la supresión y derivada devolución de la remuneración específica percibida por la trabajadora como contraprestación correspondiente a un compromiso de no concurrencia declarado nulo, y que además no cumplió.En primera instancia se estima la demanda. Se estima suplicación. Se estima casación.

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Historial del Caso


→ Estima el recurso contra Sentencia nº 2942/2004 de TSJ Comunidad Valenciana (Valencia), Sala de lo Social, 8 de Octubre de 2004

☞ Sentencia Favorable a: Empresa

Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 7 de Noviembre de 2005

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a siete de Noviembre de dos mil cinco.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la procuradora Dª Almudena Gil Segura en nombre y representación de EGEUM 2000, S.L., frente a la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de fecha 8 de octubre de 2004, dictada en el recurso de suplicación número 1060/2004 formulado por la letrada Dª Josefina Rodríguez García en nombre y representación de Dª Marta, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Castellón de fecha 29 de enero de 2004 , dictada en virtud de demanda formulada por EGEUM 2000, S.L., frente a Dª Marta, en reclamación de devolución de cantidad (incumplimiento pacto de no competencia).

Ha comparecido ante esta Sala en concepto de recurrido Dª Marta, representada por la procuradora Dª Cristina Velasco Echavarri.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER SÁNCHEZ-PEGO FERNÁNDEZ

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 29 de enero de 20...

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