Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 7 de Mayo de 1997
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Resumen
RECURSO DE CASACIÓN. REVISIÓN DE SENTENCIA FIRME. PROCEDENCIA. Se recurre el auto desestimando la revisión de sentencia firme. La comparación entre las penas aplicables ha de efectuarse en relación con tipos de la parte especial del Código penal, y la referencia de la disposición transitoria segunda a la aplicación de leyes penales completas está relacionada con los preceptos necesarios para determinar la consecuencia penal y que, de acuerdo con ese criterio, deben proceder del mismo Código del que se toma el tipo penal de la Parte especial. Se estima el recurso.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrente
Extracto
Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 7 de Mayo de 1997
En la Villa de Madrid, a siete de Mayo de mil novecientos noventa y siete.
En el recurso de casación que ante Nos pende, interpuesto por Carlos Jesús, contra Auto, de fecha 27 de mayo de 1996, dictado en cumplimiento de lo establecido en la Disposición Transitoria 4ª de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del nuevo Código Penal, sobre revisión de la sentencia dictada por la mi...Ver el contenido completo de este documento
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