Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 21 de Diciembre de 2001

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Resumen


RECURSO DE CASACIÓN. INADMISIÓN Y DESESTIMACIÓN POR CUANTÍA. No superando ni la multa ni la indemnización establecida en la resolución administrativa impugnada en la instancia, individualmente consideradas, la suma de seis millones de pesetas, era procedente inadmitir el recurso, lo cual implica que en estado actual del proceso debe desestimarse. Se estima el recurso contencioso administrativo. No ha lugar al recurso de casación.

Frases clave


puesto que ni la sanción de multa ni la indemnización establecida en la resolución administrativa impugnada en la instancia -individualmente consideradas- supera los seis millones de pesetas, procede, conforme a lo dispuesto en el art. 100.2.a) LRJCA declarar la inadmisión del presente recurso por no ser susceptible de recurso la resolución impugnada

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Historial del Caso


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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 21 de Diciembre de 2001

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintiuno de Diciembre de dos mil uno.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, el recurso de casación interpuesto por la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, con la representación que le es propia, contra la sentencia nº 693/96, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administr...

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