Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 27 de Julio de 2004

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Resumen


RECURSO DE CASACIîN. Se rechaza el recurso interpuesto, ya que en fase de preparaci—n la parte recurrente no ha acreditado la existencia de interŽs casacional por oposici—n a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y por jurisprudencia contradictoria de Audiencias Provinciales. La resoluci—n recurrida puso tŽrmino a un juicio del art. 41 de la Ley Hipotecaria que, fue tramitado en atenci—n a la materia, con la consecuencia de que su acceso a la casaci—n se halla circunscrito al ordinal tercero del art. 477.2 de la LEC 2000, habida cuenta el car‡cter distinto y excluyente de los tres ordinales del citado art. 477.2 de la LEC 2000.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 27 de Julio de 2004

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintisiete de Julio de dos mil cuatro.I. ANTECEDENTES DE HECHO

1.- En el rollo de apelación nº 542/2003 la Audiencia Provincial de Gerona (Sección Primera) dictó Auto, de fecha 11 de marzo de 2004, declarando no haber lugar a tener por preparado recurso extraordinario por infracción procesal y de casación por la representación de Dª Celestina, contra la Sentencia de fecha 3 de marzo de 2004 dictada por dicho Tribunal.

2.- Contra dicho Auto se interpuso recurso de reposición que fue denegado por Auto de fecha 6 de abril de 2004, habiéndose entregado el testimonio de ambas resoluciones a los efectos del artº. 495 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero.

3.- Por la Procuradora Dª. María Jesús González Díez, en nombre y representación de la indicada parte litigante, se ha interpuesto recurso de queja por entender que cabía recurso extraordinario por infracción procesal y de casación y debían de haberse tenido por preparados.

4.- Por Providencia de fecha 25 de mayo de 2004 se acordó requerir a la parte recurrente, por me...

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