Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 28 de Septiembre de 2004

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Resumen


CASACIîN. Cuando el interŽs casacional se funde en la oposici—n de la sentencia recurrida a doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo, es preciso citar dos o m‡s sentencias de la Sala Primera, razon‡ndose c—mo, cuando y en quŽ sentido ha sido vulnerada la doctrina de cada una de ellas. Se desestima la casaci—n.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 28 de Septiembre de 2004

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiocho de Septiembre de dos mil cuatro.I. ANTECEDENTES DE HECHO

1.- La Audiencia Provincial de Granada (Sección 3ª), dictó Sentencia de fecha 30 de enero de 2001 en el rollo de apelación 496/00, dimanante de los autos del juicio de menor cuantía nº 331/97, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Granada.

2.- Por la representación procesal de D. Bruno se presentó escrito de preparación de recurso de casación, que se amparó en los ordinales 2º y 3º del artículo 477.2 de la LEC 2000.

3.- Por Providencia de 22 de febrero de 2001 la Audiencia tuvo por preparado el recu...

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