Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 19 de Julio de 2001

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Resumen


RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. La contradicción entre las sentencias, que exige el art. 217 LPL, señala que esa disparidad no consiste en una divergencia abstracta de doctrinas, sino en una oposición concreta de los pronunciamientos en los que las sentencias se sustentan, en controversias concretas y sustancialmente iguales en hechos, fundamentos y pretensiones. Se desestima el recurso de suplicación. Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 19 de Julio de 2001

D. LUIS GIL SUAREZD. ANTONIO MARTIN VALVERDED. MANUEL IGLESIAS CABEROD. FERNANDO SALINAS MOLINAD. JOSE MARIA BOTANA LOPEZD. JESUS GONZALEZ PEÑA

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a diecinueve de Julio de dos mil uno.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de Recurso de CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA, interpuesto por EL LETRADO DON MARCIANO CIRUJANO BRACAMONTE en la representación y defensa del, DON Luis Antonio y otros contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 12 de septiembre de dos mil dictada en el recurso de suplicación número 2968/00, formulado por D. Luis Antonio, Domingo, Felix, Gonzalo, Jaime, Mariano, Raúl, Sebastián Y Jose Antonio, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid, de fecha 21 de diciembre de 1.999, en virtud de demanda formulada por DON Abelardo Y OTROS, frente a ERCROS, S.A FERTIBERIA S.L. Y FESA FERTILIZANTES ESPAÑOLES, S.A. en reclamación sobre CANTIDAD.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El día 21 de Diciembre de 1999 Juzgado de lo Social número 32 de los de Madrid dictó senten...

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