Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 10 de Octubre de 2006

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Resumen


ACCIÓN DE DESPIDO. CADUCIDAD. CÓMPUTO. DÍAS SÁBADOS. Se ejercita acción de despido. Es de señalar la singular naturaleza del plazo de caducidad de la acción de despido, lo que obliga a entender, que deben ser descontados del mismo los sábados concurrentes entre la fecha de su producción y aquella otra en la que se presenta la papeleta de conciliación ante el SMAC y, también, los que pueden coincidir entre la celebración del acto conciliatorio y la presentación de la demanda ante el Juzgado de lo Social, puesto que, a ello, conduce la nueva redacción dada al art. 182 de la LOPJ por la repetida LO 19/2003. En primera instancia se rechaza la demanda. Se estima el recurso de casación.

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Historial del Caso


→ Estima el recurso contra Sentencia nº 134/2005 de TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Social, 21 de Febrero de 2005

☞ Sentencia Favorable a: Trabajador

Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 10 de Octubre de 2006

AURELIO DESDENTADO BONETE LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ JOSE LUIS GILOLMO LOPEZ BENIGNO VARELA AUTRAN JUAN FRANCISCO GARCIA SANCHEZ

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a diez de Octubre de dos mil seis.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina, promovido por el Letrado D. OSCAR MORAL ORTEGA, en nombre y representación de D. Jose Manuel, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 21 de febrero de 2005, en recurso de suplicación nº 6014/2004, correspondiente a autos nº 258/2004 del Juzgado de lo Social nº 29 de los de Madrid, en los que se dictó sentencia de fecha 25 de junio de 2004, deducidos por dicha parte recurrente, frente a PROPICOSA MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIONES S.A., CONSTRUCCIONES Y DRAGADOS S.A., INTEGRA MGSI S.A., DALKIA ENERGIA Y SERVICIOS S.A., EMPRESA MUNICIPAL CAMPO DE LAS NACIONES S.A. y ELDU, S.A., sobre DESPIDO.

Han comparecido ante esta Sala en concepto de recurridos la EMPRESA...

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