Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 10 de Noviembre de 2006
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Resumen
BASE DE DATOS LEGISLACIÓN Y JURISPRUDENCIA. CONCURSO. El órgano de contratación no podía hacer propuesta alguna de resolución al Pleno ni someterle el presunto borrador de resolución porque la potestad para decidir el concurso le correspondía exclusivamente a él, que ya había recibido la pertinente propuesta de resolución de la Mesa de Contratación y la había asumido en los términos del Acuerdo que firmó el día cinco de julio, y ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 88.1 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Se estima casación.
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Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 10 de Noviembre de 2006
RICARDO ENRIQUEZ SANCHO MARIANO BAENA DEL ALCAZAR ANTONIO MARTI GARCIA SANTIAGO MARTINEZ-VARES GARCIA CELSA PICO LORENZO
SENTENCIA En la Villa de Madrid, a diez de Noviembre de dos mil seis. Visto por la Sección Cuarta, de la Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, compuesta por los Excmos. Sres. Magistrados al margen anotados, el recurso contencioso administrativo número 301 de 2004, interpuesto por el Procurador Don José Manuel Dorremochea Aramburu, en nombre y representación de la Ley Actualidad y Cisspraxis S.A., contra el Acuerdo del órgano de contratación del Consejo General del Poder Judicial, de fecha veintinueve de julio de dos mil cuatro, sobre adjudicación del concurso convocado para la adopción de tipo de Base de Datos de jurisprudencia y legislación a utilizar por los miembros de la Carrera Judicial, en el extremo relativo a la adopción de la oferta presentada por El Derecho Editores S.A. Como Administración demandada compareció la del Estado, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, y como codemandadas El Derecho Editores S.A. y el Grupo Editorial Quantor S.A. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- El cinco de noviembre de dos mil cuatro, se registró en este Tribunal el escrito de interposición del recurso. El día veintiséis de noviembre de dos mil cuatro y por Providencia se tuvo por presentado el recurso y se designó Magistrado Ponente dándose cuenta de la interposición, al mismo tiempo se tuvo por personado y parte al Procurador José Manuel Dorremochea Aramburu, en nombre y representación de La Ley Actualidad y Cisspraxis S.A., entendiéndose con él las sucesivas diligencias. Al tiempo, la Sala requirió a la Administración demandada la remisión del expediente administrativo en los términos que establece el artículo 48 de la Ley de la Jurisdicción, ordenándole la práctica de los emplazamientos previstos en el artículo 49 de la misma norma y disponiendo la formación de pieza separada para la tramitación de la suspensión solicitada. SEGUNDO.- El treinta de mayo de dos mil cinco, se dictó Providencia en la que se tuvo por recibido el expediente administrativo, al cumplimentarse el trámite correspondiente en el recurso 294/04, se dio traslado con entrega del mismo al Procurador del recurrente Sr. Dorremochea Aramburu, a fin de que formalice demanda en el plazo de veinte días. TERCERO.- Por Auto de fecha siete de Junio de dos mil cinco, la Sala acordó denegar la suspensión del Acuerdo del Consejo General del Poder Judicial de 29 de julio de 2004 de adjudicación de contrato relativo a la adopción de bases de datos de jurisprudencia y legislación. El ocho de junio de dos mil cinco, la Sala por diligencia de ordenación, tuvo por presentados los escritos juntos con sus copias, y copia del poder que a los mismos se acompaña. Se tuvo por personada como parte codemandada a la Procuradora Doña Amparo Ramírez Plaza en nombre y representación de Grupo Editorial Quantor S.A. y el Derecho Editores S.A., en concepto de recurridos, habiendo de entenderse con la misma esta y las sucesivas diligencias en la forma prevenida por la Ley. El veintidós de junio de dos mil cinco, la Sala dictó Providencia teniendo por presentada la demanda por el Procurador Don José Manuel Dorremochea Aramburu, en nombre y representación de los recurrentes La Ley Actualidad y Cisspraxis, S.A., y dio traslado al Sr. Abogado del Estado, por plazo de veinte días para que conteste la demanda. Por Diligencia de Ordenación de cinco de septiembre de dos mil cinco, se tuvo por contestada la demanda por el Abogado y Estado, y se dio traslado para el mismo trámite por plazo de veinte días y con entrega del expediente, a la Procuradora Doña Amparo Ramírez Plaza, en nombre y representación de El Derecho Editores S.A. y Grupo Editorial Quantor, S.A. En fecha dieciocho de octubre de dos mil cinco, se tuvo por contetada la demanda por la Procuradora Doña Amparo Ramkirez Plaza y, solicitado el recibimiento del pleito a prueba por ...Ver el contenido completo de este documento
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