Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 17 de Enero de 2007

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Resumen


AUTORIZACIÓN DE CASINO. ADJUDICACIÓN. La Ley de Sociedades Anónimas permite que los administradores de las sociedades sean personas jurídicas, pero en modo alguno lo impone porque pueden serlo también las personas físicas, no puede mantenerse validamente que el Reglamento andaluz de casinos fuera contrario a derecho y que el Tribunal a quo hubiera debido referir su enjuiciamiento a este extremo. Se estima parcialmente el contencioso administrativo. Se desestima la casación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Administración

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 17 de Enero de 2007

RICARDO ENRIQUEZ SANCHO MARIANO BAENA DEL ALCAZAR ANTONIO MARTI GARCIA SANTIAGO MARTINEZ-VARES GARCIA CELSA PICO LORENZO

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a diecisiete de Enero de dos mil siete.

La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sección Cuarta, ha visto el recurso de casación número 631 de 2003, interpuesto por la letrada de la Junta de Andalucía en la representación que le es propia y por la procuradora Doña Carmen Rodríguez Casas, en nombre y representación de la mercantil GRAN CASINO ALJARAFE contra la Sentencia de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, de fecha diez de octubre de dos mil dos, en el recurso contencioso-administrativo número 2391 de 1998. Siendo partes recurridas Don Jesús Carlos y la entidad LEISURE GAMING CORPORATION, S.L., socios de la sociedad en constitución CASINO SEVILLA ANDALUCÍA, S.A., representados por el procurador D. Cesáreo Hidalgo Senén, la mercantil CASINO DE JUEGO ...

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